Oct 18, 2023
La industria del envase se juega su competitividad en el transporte por carretera
Descubre por qué optimizar el transporte por carretera será cada vez más decisivo para competir en la industria del envase
2022-09-02
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2024-03-21
Los desequilibrios creados por la pandemia y la guerra de Ucrania han disparado los costes de transporte y fueron el origen de la huelga de transporte vivida en España el pasado marzo. El Real Decreto-ley 3/2022 fue el resultado de las negociaciones entre el MITMA (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) y las principales asociaciones del sector agrupadas en el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC). A continuación abordamos algunas de las cuestiones más relevantes de esta nueva ley del transporte de 2022.
El Real Decreto-ley 3/2022 fue aprobado el 1 de marzo y publicado a fecha 2 de marzo de 2022 por el que por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020. Los cambios que recoge esta nueva ley del transporte están vigentes desde esa misma fecha, con la excepción de dos disposiciones para las que la nueva ley del transporte incluye un periodo transitorio de seis meses. Estas son:
La nueva ley de carga y descarga tiene que aplicarse obligatoriamente a partir del 2 de septiembre.
El transportista podrá realizar las labores de carga y descarga si el cargador contrata el servicio de antemano. Esto es así siempre que sean vehículos con MMA inferior a 7,5 toneladas, puesto que si lo superan, la carga y descarga está prohibida. Estos servicios deben incluirse en la factura y aparecer desglosados.
Por otro lado, si no se contrata este servicio, el cargador está obligado a realizar la estiba del vehículo, es decir, a mover, colocar, trincar o sujetar la mercancía dentro del vehículo.
El resto de medidas que vamos a ver a continuación son de obligado cumplimiento y, de lo contrario, los cargadores se exponen a infracciones muy graves sancionadas con multas de hasta 6.000 euros. Además, el MITMA ha puesto en marcha un buzón de denuncias anónimas.
La nueva ley del transporte de 2022 tiene efectos directos sobre las operaciones logísticas. Destacamos las principales medidas:
De acuerdo con la nueva ley del transporte, se presume que las operaciones de carga y descarga se realizarán por el cargador y por el destinatario, con la excepción de:
Una de las grandes demandas de los transportistas ha sido siempre la de limitar los tiempos de espera o paralización que sufren en la carga y descarga. De acuerdo con el Real Decreto-ley 3/2022, el tiempo máximo de espera se reduce a una hora y, una vez pasado este tiempo, el transportista tendrá derecho a exigir una indemnización por paralización.
En este caso, la nueva ley del transporte de 2022 sí que recoge el coste por hora de paralización y el de un día (no se pueden computar más de 10h diarias). Actualmente en 2023 es de 40 €/h. El segundo día se aplicará un 25% respecto al primero y, a partir del tercer día y siguientes, sería un 50% respecto al primer día. Estas cantidades deberán abonarse siempre: no hay excepciones ni por tipo de transporte ni por vehículo.
Para limitar el impacto de esta medida, es fundamental que las empresas optimicen la recepción de mercancías y favorezcan la coordinación entre cargadores y transportistas para evitar retrasos que incrementen además el coste de transporte.
En el caso de que se produzcan variaciones del precio del gasóleo superiores al 5% entre el momento de contratación de la carga y la ejecución de la misma, la tarifa de transporte deberá ser actualizada de manera automática.
Para garantizar el cumplimiento de esta obligación, el MITMA ha puesto en marcha la actualización semanal del precio del gasóleo en su página web. Las empresas pueden descargar el documento excel que cuenta con dos pestañas:
Esta herramienta permitirá a los cargadores conocer los costes reales del servicio y a los transportistas facturar correctamente sus servicios.
Uno de los problemas que más han denunciado los transportistas en los últimos años es la proliferación de “empresas buzón”. Se trata de empresas de transporte que operan de facto fuera de sus países de establecimiento para beneficiarse de costes fiscales y laborales más bajos. Esto genera una competencia desleal entre las empresas nacionales y las extranjeras.
A partir del Real Decreto-ley 3/2022, antes de la realización del servicio de transporte con origen o destino en España, estas empresas deberán comunicarlo y probar que están cumpliendo con los convenios salariales del sector en nuestro país. La nueva ley del transporte de 2022 también refuerza los controles para asegurar el cumplimiento de la misma y de los tiempos de conducción y descanso.
También se favorecen las inspecciones para comprobar que se estén respetando los plazos de pago previstos por la última reforma contra la morosidad, que marca un límite de 60 días para el pago a los transportistas por sus servicios. Tras seis meses de aprobación, el efecto de esta nueva normativa está siendo insuficiente tal y como analizamos recientemente en Ontruck.
El MITMA junto con el CNTC y las principales asociaciones de cargadores han elaborado un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación del transporte de mercancías que registra los compromisos fundamentales con los que deben regirse las relaciones comerciales.
El Real Decreto-ley 3/2022 también prevé la creación de un Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles para el sector del transporte, donde las empresas que lo cumplan podrán inscribirse públicamente.
El Real Decreto-ley 3/2022 regula algunas reivindicaciones que los transportistas llevaban años solicitando, como son la prohibición de carga o descarga o la disminución de los tiempos de paralización. Sin duda, la nueva ley del transporte en 2022 refuerza la posición del transportista, tradicionalmente muy sujeta a las condiciones impuestas por los cargadores.
La AECOC, la principal asociación de cargadores, auguró los efectos negativos que tendría la nueva ley del transporte, aunque están por ver las consecuencias reales a partir del 2 de septiembre cuando se cumplan los seis meses de transición para algunas medidas clave. En el caso de Ontruck, desde nuestra puesta en marcha en 2016 nosotros ya abonábamos a los transportistas de nuestra red las paralizaciones, el extra por la manipulación de la mercancía y garantizábamos el pago en 30 días.
La tecnología junto con las mejores condiciones para los transportistas nos permiten contar con profesionales altamente implicados y comprometidos con la operativa, algo que resulta esencial para ofrecer el mejor servicio de transporte a nuestros clientes.
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